La Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se Reforma la Legislación civil y procesal para el apoyo a las personas en el ejercicio de su capacidad jurídica, que entró en vigor el pasado 3 de septiembre, ha venido a cambiar el sistema que existía.
Si anteriormente predominaba la sustitución, por parte de un tutor legal, en la toma de decisiones que afectan a las personas con discapacidad. El nuevo marco jurídico aboga por el respeto a la voluntad y las preferencias de las personas con discapacidad, para que sea esta quién tome sus propias decisiones.
Para ello, se ha eliminado la incapacitación, y con ella las figuras de la tutela (que queda ahora reservada para menores), la prórroga y la rehabilitación de la patria potestad.
Las figuras que se han definido ahora son las medidas de apoyo voluntarias (como la autocuratela y los poderes preventivos), la guarda de hecho, el defensor judicial y la curatela, la cual puede asumir naturaleza representativa en casos muy especiales de personas con grandes necesidades de apoyo. Pero esta reforma, aunque llena de buenas intenciones, no está exenta de dudas. Para reflexionar sobre ello, hemos contado con Natalia Velilla, magistrada de Familia y Apoyo a la Discapacidad de Móstoles y madre de una menor con parálisis cerebral, que acude al Centro de Educación Especial de la Asociación Atenpace.
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