La Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2021 ha establecido la exención de la obligación de aportación farmaceútica para las personas menores de edad con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 %.
Esta excepción se ha incorporado sin necesidad de realizar ningún procedimiento administrativo, la Administración de oficio ha aplicado de forma automática la exención, siempre y cuando esté acreditado el requisito de la discapacidad igual o superior al 33%; las recetas asociadas a la tarjeta sanitaria de menores con certificado de discapacidad son reconocidas automáticamente en la farmacia.
En caso de que alguno de los afectados por esta exención precise solicitar un reembolso de los gastos generados en farmacia desde el 1 de enero de 2021, deberá solicitarlo a través del procedimiento administrativo denominado REINTEGRO DE GASTOS, siguiendo las indicaciones de la página web marcada. Los gastos a reintegrar deberán ser acreditados mediante las facturas correspondientes.
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid. De lo contrario, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Si desean ampliar la información o tienen dudas, pueden ponerse en contacto con nosotros a través de nuestro email aspacemadrid@aspacemadrid.org
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