- La accesibilidad digital ya estaba prevista en España desde 2018 (Real Decreto 1112/2018).
- El 28 de junio pasado entró en vigor la Ley Europea de Accesibilidad (EAA) para toda la Unión Europea.
La Ley Europea de Accesibilidad es una Directiva comunitaria que exige que las empresas y las organizaciones garanticen la accesibilidad digital para personas con discapacidad en sus productos y servicios, como, por ejemplo, sitios web, aplicaciones móviles y otros servicios electrónicos.
La EEA fue aprobada e incorporada a nuestro ordenamiento jurídico por la Ley 11/2023 de 8 de mayo de transposición de directivas de la Unión Europea en materia de accesibilidad universal de determinados productos y servicios, entre ellas, la Directiva europea 2019/882, pero la entrada en vigor de las normas referentes a los requisitos de accesibilidad digital entró en vigor en su mayoría el pasado 28 de junio.
¿Cómo afecta esta norma a las personas con discapacidad?
La norma exige que se cumplan los requisitos de accesibilidad en servicios y bienes de uso general de consumo, como los equipos informáticos y sus sistemas operativos, pero también terminales de pago, cajeros automáticos, máquinas expendedoras de billetes, y sitios web o apps para dispositivos móviles. También las respuestas a las llamadas al número de emergencia 112 deberán respetar requisitos de accesibilidad universal.
Eso debería implicar que una persona con parálisis cerebral sin uso de capacidad vocal y/o con dificultades de manipulación o de esfuerzo tenga disponibles medios alternativos para interactuar por ejemplo en un cajero automático: ofreciéndose la información/instrucciones en formato de imágenes y texto, permitiéndose aumentar el contraste en las imágenes, poniéndose más grandes los botones de pulsar y separándolos y que no requieran de mucha fuerza al pulsarlos, evitándose imágenes parpadeantes, por ejemplo.
¿Qué tipo de requisitos de accesibilidad se deben cumplir?
- Contenido perceptible (la información debe ser presentada de forma a que sea percibida por todos los usuarios, por lo que debe ser ofrecida en distintos formatos (textual, imágenes, videos, etc.)
- Contenido operable (es decir, el usuario debe poder utilizar un teclado y disponer del tiempo necesario para interactuar con el contenido).
- Información comprensible (se debe utilizar un lenguaje claro y sencillo)
- Contenido robusto (esto es, la información debe poder ser interpretada de manera fiable por una amplia variedad de usuarios)
Esto se consigue a través de un diseño accesible y de herramientas y tecnologías de apoyo a la accesibilidad, como, por ejemplo:
- Lectores de pantalla (que convierten el texto en audio)
- Software de ampliación de texto
- Sistemas de seguimiento ocular, que permiten controlar dispositivos a través del movimiento de los ojos
- Dispositivos de entrada alternativos, como teclados adaptados y ratones para personas con movilidad reducida.
El objetivo de esta Ley es garantizar la inclusión y la igualdad de acceso a la información y entornos digitales para que todas las personas, con o sin discapacidad, puedan acceder a la información y los servicios digitales de manera equitativa y sin barreras, ampliando los requisitos de accesibilidad a todo el sector privado incluyendo el comercio electrónico.
Plazos de cumplimiento y sanciones
Los plazos de cumplimiento varían según la naturaleza del bien o servicio, pudiendo llegar, en algunos casos, hasta 2030. Pero, a pesar de que la Ley prevé algunas excepciones de cumplimiento, también se determinan los medios de control de cumplimiento bien como sanciones a aplicar.
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